La seguridad jurídica de las Sociedades de Capital
- blogjuridicadigita
- 9 abr 2020
- 2 Min. de lectura
En este artículo haremos una pequeña comparativa entre la seguridad jurídica que proporcionan las sociedades de capital alemanas y las españolas. Compararemos quien da más garantías a los acreedores y que modelo permite un mayor éxito en un futuro cercano.
La clave de esta comparación la encontramos en el capital social a aportar para constituir la sociedad de capital. En el caso de España, para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada se tiene que aportar un capital mínimo de 3000 euros y para constituir una Sociedad Anónima se tiene que aportar un mínimo de 60.000 euros. Por lo tanto, podemos deducir que el modelo español da oportunidades a todo tipo de negocios.
En cambio, para constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada (GmbH) en Alemania, hace falta un capital mínimo de 25.000 euros y para constituir una Sociedad Anónima (AG) se han de aportar mínimo 50.000 euros. Por lo tanto, deducimos que para constituir una sociedad de capital en Alemania es más exigente y se requiere una inversión mayor.
Viendo estos dos tipos de modelos, concluimos que el modelo español otorga más oportunidades a todo tipo de empresarios, ya que no es necesario hacer una gran aportación de capital social, en cambio, el modelo alemán otorga más seguridad jurídica a los acreedores ya que el capital social que se aporta es mayor y los acreedores tendrán más facilidad para cobrar sus deudas cuando exista el capital suficiente para pagarlas. También cabe decir que el modelo alemán garantiza de mejor manera que la empresa tenga durabilidad en el futuro y pueda subsistir mejor en situaciones de necesidad.
Por lo tanto, ambos modelos tienen sus ventajas y desventajas, por lo que ambos modelos son eficaces según nuestras necesidades.

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